El Instituto Nacional de Vitivinicultura, por medio de la Resolución C.45/10, implementó el Régimen y Registro de “Elaborador de Vino Artesanal”, destinado a toda persona física que participa directamente en el proceso de elaboración de vino en un único establecimiento de su uso exclusivo, destinado a ese fin y habilitado por la autoridad municipal correspondiente y cuya producción anual no supere los 12.000 litros. En el siguiente link de la web del INV, se puede acceder al texto completo de la Resolución C.45/2010, en el que se presenta el Régimen y Registro de “Elaborador de Vino Artesanal”:
http://www.inv.gov.ar/PDF/ResolucionesC/2010/ResolucionC45-2010.pdf
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